Conjunto funcional

El Conjunto Funcional es un conjunto de sistemas, partes o piezas autorizado por el Ministerio de Industria, destinado a cumplir una función determinada en uno o varios vehículos del mismo o de diferentes tipos o categorías y que afectan a una o varias funciones de las incluidas en el anexo I del Real Decreto 866/2010. Para tramitar el Conjunto Funcional lo deberá solicitar el mismo fabricante de este o bien el representante del fabricante.

Las antiguas Reformas de Importancia Generalizadas (RIG) por las que un elemento instalado en un vehículo podía homologarse mediante copia de la resolución del Departamento de Industria competente de cada comunidad autónoma donde se autorizaba la reforma de importancia y mediante un certificado de taller, dejan de ser vigentes a partir del 14 de enero de 2013. Para substituir a las RIG aparecen los nuevos Conjuntos Funcionales.

Para obtener la autorización para la comercialización de accesorios o piezas como Conjuntos Funcionales es necesario presentar ante la Autoridad de Homologación:

  • Solicitud de autorización.
  • Ficha de características, descripción del Conjunto Funcional y los actos reglamentarios a los que su instalación afecte.
  • Acta de ensayo del Conjunto Funcional y de su instalación expedida por un servicio técnico competente en materia de homologación (laboratorios de vehículos).

Una vez autorizado el conjunto funcional, para homologar en un vehículo los componentes que éste incluya, exceptuando casos concretos, será necesario presentar a la estación de ITV:

  • Copia de la resolución de Industria dónde se autoriza el Conjunto Funcional.
  • Certificado de montaje del taller donde se haya ejecutado la reforma.
  • Informe de Conformidad del servicio técnico.

Los dos primeros documentos son los mismos que ya eran necesarios para la homologación con las anteriores RIG, ahora, con los nuevos Conjuntos Funcionales también es necesario el Informe de Conformidad emitido por el Servicio Técnico y donde se identifica el vehículo concreto objeto de la instalación de dicho conjunto funcional.

Mediante un Conjunto Funcional, los componentes que éste incluya podrán homologarse de manera más fácil, rápida y económica al no necesitar de Proyecto Técnico ni de Certificado Final de Obra. Los fabricantes que opten por tramitar Conjuntos Funcionales para sus productos, dispondrán de productos con un mayor valor añadido, al evitar a sus clientes todo el proceso de homologación de forma individualizada para su vehículo.

En MC-Ingeniería realizamos todo los trámites, desde la redacción de la documentación para la autorización del Conjunto Funcional, hasta la obtención del Informe de Conformidad del Servicio Técnico específico para cada vehículo.